Chile y Argentina han suscrito un protocolo adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 16 (ACE 16) firmado en agosto de 1991. Dicho Protocolo se suscribe en el marco de las diversas acciones que desarrollan ambos países para profundizar la integración e intercambios energéticos, “concordando sólidos mecanismos de integración tendientes a garantizar la seguridad de abastecimiento, el desarrollo a mediano y largo plazo de los recursos e infraestructura y la satisfacción de las necesidades de energía de sus habitantes y sectores productivos”.
El Protocolo dispone que las partes establecerán las normativas internas y adoptarán las demás medidas que sean necesarias para permitir las operaciones de comercialización, exportación, importación y transporte de energía eléctrica y gas natural entre ambos países.
Dichas operaciones podrán realizarse en la medida que no se comprometa el abastecimiento interno y que no afecte la seguridad de la operación, ni la calidad y confiabilidad de los servicios de transporte y distribución de gas natural y de electricidad de cada una de las partes, conforme a sus respectivas legislaciones, que para el caso argentino, contempla la autorización previa de la autoridad competente.
02-05-2018/GS1 Perú